«Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes» Art. 36, Constitución de la II República Española, 1931. Con
«Prohibido olvidar» es un aserto utilizado con frecuencia en los discursos políticos que hacen de la recuperación de la memoria histórica uno de sus ejes fundamentales.